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Desde JCJ ASINTEA, queremos dar la bienvenida a todo el mundo. Acabamos de iniciar un proyecto entre 2 jovenes emprendedoras que con todo el trabajo del mundo y todo el esfuerzo vamos a llevar hacia delante. Este blog se acaba de crear y se encuentra en construcción. La idea es crear un vinculo de contactos de todas aquellas personas relacionadas o interesadas de alguna manera en temas laborales, fiscales y contables. Espero que entre todos intercambiemos enlaces , comentarios, noticias de actualidad … o todo aquello que se nos ocurra para que de un solo vistazo tengamos el máximo de información. Este blog, esta abierto a toda esa gente que este interada en temas fiscales, laborales y contables Bienvenidos y un saludo.

martes, 3 de julio de 2012

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE.


Limitación de pagos en efectivo

Se establece un importe máximo de 2.500 euros para los pagos en efectivo en aquellas operaciones en las que intervenga, cuanto menos, un autónomo o un profesional. El límite para los casos en los que los pagadores sean no residentes se fija en 15.000 euros.
Esta medida pretende reducir los pagos en efectivo, que dificultan las investigaciones de las supuestas operaciones fraudulentas , y que se produzcan mayoritariamente los pagos por otros medios (transferencias, talones, pagos con tarjeta, etc.) que son más fáciles de rastrear.

 

La obligación de declarar bienes en el extranjero

Todos los contribuyentes estarán obligados a informar de todos los bienes que tengan en el extranjero. Por tanto todos aquellos que tengan cuentas bancarias, valores, títulos, rentas o inmuebles en el extranjero deberán comunicarlo a la Hacienda española, independientemente de que ya estén tributando por ellos en los otros paises.
Si incumple la norma se sancionará al contribuyente con 5.000 euros por cada dato no declarado, siendo la sanción mínima de 10.000 euros. Además estas infracciones no prescribirán nunca y serán imputadas al ejercicio económico del año que se hayan descubierto.

 

Exclusión del régimen de módulos

Todos aquellos contribuyentes acogidos al régimen de estimación objetiva, comúnmente conocido como el sistema de módulos, que tengan un rendimiento superior a 50.000 euros anuales y que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares, serán excluidos del sistema.
El Gobierno es consciente de que este sistema favorece el fraude a través de la utilización de facturas falsas y por eso pretende acotar las condiciones en las que se puede utilizar este sistema.

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