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Desde JCJ ASINTEA, queremos dar la bienvenida a todo el mundo. Acabamos de iniciar un proyecto entre 2 jovenes emprendedoras que con todo el trabajo del mundo y todo el esfuerzo vamos a llevar hacia delante. Este blog se acaba de crear y se encuentra en construcción. La idea es crear un vinculo de contactos de todas aquellas personas relacionadas o interesadas de alguna manera en temas laborales, fiscales y contables. Espero que entre todos intercambiemos enlaces , comentarios, noticias de actualidad … o todo aquello que se nos ocurra para que de un solo vistazo tengamos el máximo de información. Este blog, esta abierto a toda esa gente que este interada en temas fiscales, laborales y contables Bienvenidos y un saludo.

lunes, 28 de abril de 2014

"TARIFA PLANA" DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

Buenas tardes a todos, en la entrada del pasado día 3 de marzo del 2014 sobre el nuevo paquete de medidas destinado a favorecer la contratación indefinida, hablamos sobre la llamada "Tarifa Plana", pero gracias a FREMAP, mediante una presentación que hizo en Loja al respecto, (desde aquí darles la enhorabuena y animarles a que hagan más) tenemos más información que queremos compartir con todos ustedes: 

Se trata de una tarifa plana mensual ojo solo por contingencias comunes, para nuevas contrataciones indefinidas que mantenga el empleo neto, así pues tenemos: 

-100 euros a pagar por Contingencias comunes para un contrato a jornada completa.
- 75 euros para contrato a tiempo parcial cuando se trabaje al menos el 75% de la jornada.
-50 euros para contrato a tiempo parcial cuando se trabaje al menos el 50% de la jornada.

BENEFICIARIOS:

Empresas, independientemente de su tamaño, o autónomos que contraten a un nuevo trabajador,( no es necesario que este este inscrito en la oficina de empleo) independientemente de su edad, de forma indefinida siempre que creen empleo neto, dichos contratos deben formalizarse por escrito. ( crear empleo neto quiere decir que aumente la plantilla)Para controlar si una empresa incrementa su plantilla neta, se examinará cada 12 meses el nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total. 

VIGENCIA:

Durante 24 meses, y las empresas de menos de 10 trabajadores se beneficiarán de una reducción adicional durante los 12 meses siguientes del 50% de la cotización empresarial por contingencias comunes.

OBLIGACIONES:

- Estar al corriente de pago en sus obligaciones Tributarias y de Seguridad Social, en el momento de hacer la contratación y ojo durante la vigencia del contrato.
- No haber realizado despidos declarados improcedentes, ni despidos colectivos en los 6 meses anteriores a la contratación, y no realizar despidos que puedan ser declarados improcedentes durante la vigencia del contrato.
- Mantener la contratación del empleo total ( el que había antes de la contratación y los nuevos contratos realizados bonificados) durante 36 meses a contar desde la fecha de efectos del contrato indefinido. No se tendrán en cuenta para dicho computo los despidos procedentes o extinciones de contratos por causas objetivas, pero ojo si se tienen en cuenta la bajas voluntarias, hay que buscar a otro inmediatamente. 

EXCLUSIONES:

- Contratos a familiares del empresario por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado inclusive, salvo hijos menores de 30 años o mayores de dicha edad cuando tengan especiales dificultades para su inserción laboral.
- Las Administraciones Públicas.
- Los empleados de hogar y los trabajadores agrarios por cuenta ajena.
- Contratos con otras bonificaciones sobre el mismo contrato.
- Los empresarios excluidos de acceso a otro tipo de bonificaciones o reducciones por infracciones graves o muy graves en materia laboral.
- Las relaciones laborales de carácter especial ( artistas, deportistas...)
-Trabajadores que en los 6 meses anteriores hubiesen prestado servicios en la misma empresa de forma indefinida.

ALGUNOS EJEMPLOS:

Tengo un trabajador en mi empresa, le termina su contrato temporal el 15 de abril de 2014 ¿ Puedo contratarlo en esta modalidad?
Si pero tienes que esperar al 1 de mayo, para cumplir con el incremento de plantilla neta.

Tengo dos trabajadores temporales y contrato a otro nuevo trabajador en esta modalidad de contrato. Finalizan los contratos temporales antes de los 36 meses que cumple la obligación de este contrato, que debo hacer. Tienes que buscar a 2 dos nuevos trabajadores en el mismo mes que se cumple el contrato, sino la seguridad social te pide el reintegro de la bonificaciòn aplicada en el contrato indefinido por no cumplir con el mantenimiento de la plantilla neta. 

Tengo un trabajador fijo y contrato a otro en esta modalidad de contrato. Despido al trabajador fijo por causas objetivas. Que debo hacer?. Nada, ya que no se tendrán en cuenta los despidos por causas objetivas para el computo del mantenimiento de la plantilla neta. 

Tengo un trabajador a jornada completa eventual, quiero hacer una conversión a este tipo de contrato indefinido bonificado. No puedes ya que no supone un incremento de plantilla, se podría hacer como se dice en el ejemplo primero. Y también podemos hacerlo en el caso de ser eventual a media jornada y pasarlo indefinido a jornada completa entonces si supone un incremento de plantilla. 











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