Capitalizar la prestación de desempleo consiste en
utilizar parte o la totalidad de dicha prestación para iniciar una
actividad profesional de manera autónoma y autofinanciar la inversión
inicial para empezar un negocio o actividad.
Capitalizar es solicitar al SPEE el cobro de la
prestación de desempleo por adelantado (en forma de capital y no de renta),
para poder llevar a cabo un proyecto profesional (autoempleo).
Se puede solicitar la capitalización para el inicio de una actividad
desarrollada de alguna de las 3 siguientes maneras:
1. Inicio de una actividad como trabajador por cuenta
propia o autónomo.
2. Constitución de una cooperativa o sociedad laboral,
en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal).
3. Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral
en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal).
NOS CENTRAREMOS
EN INICIO DE ACTIVIDAD COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO, que es el más utilizado.
Requisitos.
- Para poder solicitar la capitalización es necesario estar cobrando la
prestación contributiva y tener pendiente de recibir al menos 3
mensualidades.
- No haber empezado a ejercer la actividad, ESTO ES MUY IMPORTANTE,
PRIMERO SE SOLICITA LA CAPITALIZACIÓN Y DESPUÉS SE INCIA LA ACTIVIDAD.
- No haber sido beneficiario de la capitalización en los 4 años
anteriores a la fecha de solicitud del derecho que ahora se pretende.
- Iniciar la actividad en un plazo de 1 mes, a contar a partir de que el SPEE nos comunica mediante resolución favorable la concesión del pago único, el SPEE tiene de plazo un mes y medio para contestar a la solicitud.
Ayudas e Importes.
Se puede solicitar el pago único para:
- Financiar el inicio de la actividad.
- Para financiar el pago de las cuotas del Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
- También es posible otra opción que permite utilizar una parte para financiar la inversión inicial y el resto para financiar el pago de las cuotas de autónomo.
Se puede solicitar y obtener en un solo pago la
cantidad que justifiquemos como inversión necesaria para iniciar la
actividad, con el límite máximo del 60 % del importe total de
la prestación que se tenga pendiente de percibir, para hombre con una edad de
hasta 30 años y mujeres hasta 35 años, ambos inclusive, el límite se eleva al
100%.
A los trabajadores que acrediten estar afectados por
un grado de discapacidad igual o superior al 33%, no les será de aplicación los
límites anteriormente citados.
Es importante tener en cuenta que:
Solo vamos a recibir el importe (teniendo en cuenta
los límites anteriormente citados) que podamos justificar mediante facturas, en
la solicitud hay que detallar (en un documento que es la memoria del proyecto)
cuáles son los gastos necesarios para iniciar la actividad y por tanto una
vez que nos concedan el pago único tenemos que presentar esas facturas de
gastos (OJO las facturas han de tener fecha posterior a la
presentación de la solicitud).
Si no somos discapacitados o no cumplimos los
requisitos de la edad, el importe máximo de la capitalización será el 60% de
la cuantía de la prestación pendiente de cobro en el momento de la
solicitud.
Los gastos que son susceptibles de incluir en la
solicitud del pago único son todos los necesarios para iniciar la
actividad, por ejemplo: alquiler de local (incluida la fianza), gastos de asesoría,
mobiliario, equipos informáticos, mercadería para inicio de actividad, etc. No
se considera gasto la realización de cursos necesarios para ejercer la
actividad.
A demás saber que para los menores de 30 años el cobro
de la prestación por desempleo es compatible con el trabajo por cuenta propia
durante 270 días.
Documentos necesarios para la solicitud:
- Es necesaria presentar la solicitud del pago único (se puede descargar
en la página del SPEE esta es la dirección http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/ImpresoSolicitudPagoUnico.pdf).
- Acompaña a la solicitud una memoria explicativa del proyecto, en la que se deben incluir entre otros datos, el detalle de los gastos necesarios para el inicio de la actividad y que motivan la solicitud de la capitalización o pago único.
- Los trabajadores discapacitados deberán acompañar el certificado de su
minusvalía.
- Los trabajadores españoles deberán presentar el DNI y los extranjeros
deberán aportar su Permiso de Trabajo.
- Si se ha solicitado la financiación de las cuotas de autónomos se
deberá aportar el justificante del pago de la primera cuota de la
Seguridad Social (esto sirve para justificar el importe a compensar y
calcular durante cuánto tiempo se va a disfrutar de esa compensación).
- Cualquier otro documento que sirva para acreditar la viabilidad del
proyecto y que se considere importante para tramitar la solicitud.
Gran artículo, yo conozco del tema, asi que gracias por la información. Mi otra alternativa era ir a http://www.asesoriamadridgesys.com/ Gesys para que me asesoraran.
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